Desde este lunes 11 comunidades autónomas relajan las restricciones y pasan a la fase 1 de la desescalada,  por lo que volverán a circular los coches. El dilema de los conductores está entre usar o no la mascarilla. Pero serán las circunstancias la que lo determinarán. Con estos pasos hacia la “nueva normalidad” que promueve el Gobierno, durante la fase 1, surgen dudas, de acuerdo a las instrucciones del Ministerio de Sanidad. De acuerdo con la referida orden del pasado 3 de mayo, las incertidumbres se tejen entre los usuarios particulares, quienes desconocen la información al respecto. Lo publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), es que para la fase 1, se autorizan los desplazamientos de los coches para actividades como visitar a familiares. Lo cual aplica para aquellos transportes privados o particulares de hasta nueve plazas. Cuando los coches dispongan de varias filas de asientos, deben ir únicamente dos personas por cada una y que se separen lo más posible. Todas estas personas, deberán ir provistas de sus respectivas mascarillas, procurando dejar siempre libre el asiento trasero al conductor. No obstante, en aquellos vehículos que dispongan únicamente de una sola fila de asientos, tales como furgonetas comerciales o industriales y los camiones, solo se autoriza a dos personas, ambas con sus mascarillas. La norma resalta que el conductor deberá utilizar una mascarilla sencilla, porque una voluminosa, le puede restar visibilidad y hasta ser motivo de sanción. Es importante saber, que las normas de tráfico no hacen referencia las circunstancias para el uso de mascarillas en el coche. Aunque en el artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación establece: “El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía…. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos. Con relación a lo establecido en el citado artículo, podría suponerse una sanción de 200 euros. Ello, si los agentes de la Guardia Civil de Tráfico interpretan que la mascarilla empleada por el conductor impide la correcta visión. Otra de las circunstancias, es cuando el chofer se desplace solo en su coche, no requiere utilizar mascarilla, se entiende que el espacio del vehículo lo protege de las infecciones. Ahora, en lo que respecta al uso de guantes, ésto es voluntario al momento de la conducción. Puesto que es necesario mantener el control sobre el volante. Se aconseja quitárselos, al momento de conducir.